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23 de octubre de 2026 — Tier2 Systems

Seguro de carga en la importación: el costo dentro del arancel

El seguro de carga integra el valor en aduana de las mercancías importadas. Quien no contrata póliza resigna la cobertura sin ahorrar en tributos.

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El seguro de carga internacional en una importación marítima cuesta entre el 0,3% y el 0,5% del valor asegurado en el mercado brasileño. Para una carga FOB de US$ 50.000 con flete de US$ 3.000, la prima quedaría entre US$ 159 y US$ 265. Aun así, muchos importadores que compran en condición FOB prescinden de la póliza. El ahorro aparente dura hasta la primera avería. La responsabilidad de la naviera por el contenido del contenedor está limitada por convención internacional, y la diferencia entre el tope de indemnización y el valor real de la mercancía sale del bolsillo del importador.

El seguro integra el valor en aduana de las mercancías

El artículo 77 del Reglamento Aduanero de Brasil (Decreto 6.759/2009) define el valor en aduana de las mercancías importadas como el precio efectivamente pagado o por pagar, más el flete internacional y el seguro hasta el puerto o aeropuerto de descarga en Brasil. Ese valor en aduana sirve de base de cálculo para el Impuesto de Importación (II), el IPI vinculado a la importación y el PIS/COFINS-Importación. El ICMS, impuesto estadual, toma como base el valor en aduana sumado a los propios tributos federales.

En compras CIF, el seguro ya viene incluido en el precio del exportador. El importador declara ese valor en la DUIMP (la declaración única de importación de Brasil) sin separar los componentes. Quien negocia los Incoterms en la práctica sabe que CIF y CIP transfieren la obligación de contratar el seguro al vendedor. En FOB o EXW, el importador asume el riesgo de la carga desde el origen o desde el puerto de embarque, y la decisión de contratar seguro queda en sus manos.

Si el importador decide prescindir de la póliza, declara el seguro como cero en la composición del valor en aduana. El costo tributario de la prima es marginal: una prima de US$ 200 en un proceso con valor en aduana de US$ 53.000 agregaría unos US$ 40 en tributos federales, según la alícuota del producto. Prescindir del seguro apenas reduce el tributo. La exposición al riesgo, en cambio, crece mucho, porque la prima que el importador deja de pagar es incomparable con lo que puede perder si la carga no llega.

La responsabilidad de la naviera cubre una fracción del valor de la carga

Brasil no ratificó las Reglas de Róterdam. La responsabilidad de la naviera en el transporte marítimo internacional sigue regulada por el Código Comercial y por las convenciones referenciadas en el conocimiento de embarque. Los B/L de las grandes navieras remiten, por regla general, a las Reglas de La Haya-Visby, que limitan la indemnización a 666,67 DEG (Derechos Especiales de Giro) por bulto o 2 DEG por kilogramo de peso bruto, el monto que resulte mayor.

En mercancías de valor agregado medio o alto (electrónicos, autopartes, insumos farmacéuticos, maquinaria), el tope de indemnización de la naviera rara vez se acerca al valor real de la carga. Un importador que embarca US$ 50.000 en componentes electrónicos con un peso de 2.000 kg en un contenedor de 20 pies y sufre una pérdida total recibe de la naviera el techo previsto en la convención. El resto sale de la caja de la empresa.

La naviera puede responder por el valor íntegro en casos de dolo o culpa grave comprobados. En la práctica diaria de una operación regular, probar culpa grave es difícil y el litigio puede extenderse por años. Con seguro de transporte, el trámite es más corto. El importador reclama a la aseguradora, que indemniza conforme a la póliza y luego ejerce el derecho de subrogación contra el transportista.

La prima cuesta menos que el riesgo que cubre

La prima del seguro de transporte internacional varía según la mercancía, el modal, la ruta y el historial de siniestralidad del asegurado. En el mercado brasileño, las tasas van del 0,3% al 0,5% del valor asegurado, que suele ser el valor de la mercancía más el flete internacional. Para la carga del ejemplo anterior (FOB US$ 50.000 + flete US$ 3.000), a una prima del 0,4%, el costo sería de US$ 212. La cobertura básica incluye avería particular, avería gruesa, extravío y pérdida total.

La avería gruesa es un riesgo que muchos importadores sin seguro descubren recién cuando reciben la notificación. Si el capitán del buque sacrifica parte de la carga o incurre en gastos extraordinarios para salvar la expedición (lanzamiento de contenedores durante una tormenta, por ejemplo), todos los dueños de carga a bordo contribuyen al perjuicio en proporción al valor de sus mercancías. Sin póliza, el importador paga su parte de la contribución con dinero propio. Con póliza, la aseguradora asume esa contribución de avería gruesa.

En el tramo doméstico, entre el puerto de descarga y el destino final de la carga, la regla cambia. El artículo 20 del Decreto-Ley 73/1966 incluye el transporte de bienes pertenecientes a personas jurídicas en la lista de seguros obligatorios de Brasil. El importador persona jurídica que retira la carga del puerto y la transporta por carretera hasta la bodega necesita cobertura para ese tramo, haya contratado o no el seguro internacional.

El agente de carga suele ofrecer el seguro como un rubro en la cotización de flete. Al comparar propuestas de diferentes agentes, conviene verificar si el seguro está incluido o figura como línea separada, y qué tipo de cobertura ofrece cada uno. Una cotización presentada como all-in puede incluir o no el seguro, según el agente y el alcance de la propuesta.

Preguntas Frecuentes

¿El seguro de carga en la importación es obligatorio?

En el tramo internacional, el seguro de carga no es obligatorio por ley brasileña. La obligación existe cuando el Incoterm de la compra lo exige (CIF y CIP), caso en el cual el vendedor contrata y paga la póliza. En el tramo doméstico, del puerto o aeropuerto al destino final, el Decreto-Ley 73/1966 hace obligatorio el seguro de transporte de bienes pertenecientes a personas jurídicas en Brasil.

¿Qué sucede si la carga sufre una avería y el importador no tiene seguro?

El importador puede reclamar a la naviera, pero la indemnización del transportista marítimo está limitada por las convenciones internacionales referenciadas en el conocimiento de embarque (B/L). Para mercancías de valor agregado medio o alto, el tope de indemnización suele cubrir solo una fracción del perjuicio real. La diferencia entre el tope y el valor de la mercancía queda a cargo del importador.

Cómo Tier2 Cargo registra el seguro en la composición del proceso

En Tier2 Cargo, el seguro se registra como una de las tasas del proceso de importación con regla de cálculo propia: porcentaje sobre el valor de la mercancía, monto fijo u otra fórmula que el agente de carga configure. El costo aparece desde la cotización, pasa por la facturación y llega a la liquidación. El margen del proceso refleja el seguro junto con los demás ingresos y gastos desde la primera etapa. Si el agente de carga revende el seguro al importador, la diferencia entre lo que pagó a la aseguradora y lo que cobró al cliente aparece como margen en esa línea del proceso.

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